Una resolución del vicepresidente José Gabriel Carrizo declara acceso restringido por 10 años a notas suyas, del Presidente y del Consejo de Gabinete.

La Resolución No.71 de 4 de agosto de 2021, publicada en Gaceta Oficial la tarde de ayer, genera reacciones sobre la transparencia en el Gobierno.
Dicha Resolución declara información de acceso restringido a ‘las actas, notas, archivos y otros registros o constancias de las discusiones o actividades del Consejo de Gabinete, del presidente o vicepresidentes de la República y del secretario del Consejo de Gabinete’, por un periodo de 10 años.
Con excepción de aquellas correspondientes a discusiones o actividades relacionadas con las aprobaciones de los contratos.
Aunque el documento fue firmado por el vicepresidente José Gabriel Carrizo a principios del mes, su publicación coincide con la renuncia de Marcel Salamín, uno de los miembros del grupo negociador del contrato entre el Estado y Minera Panamá.
En el programa Mesa de Periodistas de TVN, Salamín explicó que se dejó entrever que hay una propuesta pre elaborada desde algún tiempo, entre otros movimientos que no fueron vistos de su parte.
‘Quiero que mi renuncia sirva para cambiar el rumbo de esta negociación. Si no cambian el rumbo, van por el mismo camino que Panama Ports Company’, fueron parte de las declaraciones de Salamín ayer.
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Con esto, algunos abogados cuestionan el porqué del documento.
El catedrático Miguel Antonio Bernal opinó que ‘El secretismo y oscurantismo es propio del autoritarismo y del totalitarismo. Aborrecen la transparencia y la rendición de cuentas’.
Por su parte, el exembajador Roberto Ruiz Díaz manifestó que la resolución firmada por el Vicepresidente no era necesaria, porque la normativa existe en la Ley 6 de 2002.
‘Todo parece que fue un caza bobo, para desviar la atencion del tema de los hisopados y otros’, consideró.
Artículo 14.8 de ley 6 de 2002 permite incluir actas, notas y otros registros del Consejo de Gabinete como información clasificada. Sesiones del Pleno de la Corte Suprema e inclusive comisiones de Asamblea Nacional se incluyen.
— Félix Humberto Paz Moreno (@felixpazmoreno) August 21, 2021
Decisión es apegada a orden legal vigente. pic.twitter.com/ODLGVK0RMu
Por su otra parte, el abogado Félix Paz, funcionario de la actual gestión, salió en defensa, explicando que la decisión es ‘apegada al orden legal vigente’.
Sin embargo, la percepción general es que hay una necesidad de ocultar información.
Es por esto que el también abogado Neftalí Jaén es del pensar que toca ensayar una demanda de inconstitucionalidad, para impedir que se guarden ‘secretos’, pisoteando los artículos 41,42, 43 y 44 de la Constitución.
Pero el abogado Alfonso Fraguela asegura que nada está escrito en piedra y que un acto jurídico similar dejaría sin efecto a la polémica resolución.
Principio Constitucional, de Derecho Público y Administrativo.
— Luis Ernesto Carles (@LE_CarlesR) August 21, 2021
“Todos los actos administrativos proferidos en el ejercicio de facultades de la Gestión Pública son PÚBLICOS”.
Omitir este precepto es faltar al Juramento de acatar la Carta Magna. pic.twitter.com/6FZS2fPmBy