Los candidatos y precandidatos que asistan a inauguraciones de obras financiadas con fondos públicos pueden ser inhabilitados para las elecciones de 2024.

Desde este miércoles 1 de febrero de 2023 y hasta el 5 de mayo de 2024, los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular de partidos políticos, tienen prohibido participar en inauguraciones de obras públicas o en actividades financiadas con fondos públicos.
Tal como establece el artículo 282 del Código Electoral, en esta prohibición están incluidas las obras financiadas por el Estado bajo la modalidad de llave en mano, so pena de ser inhabilitados según el procedimiento detallado en el artículo 35.
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El Tribunal Electoral (TE) indica que en el caso de los precandidatos y candidatos por la libre postulación, dicha prohibición comenzó a regir el 1 de junio de 2022, fecha de inicio del trámite de reconocimiento.
La institución explica que el artículo 202 del Decreto 29 de 2022, que convoca la Elección General del 5 de mayo de 2024 y aprueba su reglamentación, regula esta prohibición, aclarando que por participación en eventos de inauguración de obras se entiende aquella ‘participación activa’ en que la persona pueda sacar provecho político frente al electorado por razón de su presencia en el acto.
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En cuanto a las actividades financiadas con fondos públicos, se refiere a aquellas directamente relacionadas con la inauguración de obras públicas en las que se prohíbe la colocación de placas personalizadas de las autoridades oficiales.
Cabe destacar que quedan exceptuados los precandidatos cuya postulación no quedó en firme como candidato y las actividades oficiales propias e inherentes al ejercicio del cargo, financiadas con el presupuesto nacional o municipal, ajenas a la inauguración de obras públicas.
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