Lo que esconde el daño a la reputación

El daño a la reputación esconde un factor del que pocos hablan: la permanente sombra del señalamiento público.

Estamos ante un enorme vacío legal sobre el hecho que nadie debiera seguir sufriendo por casos ya resueltos judicialmente.

*Por Jorge Alegría Merel

Para quien no lo ha vivido, el daño a la reputación podría considerarse un accidente, un efecto secundario del actuar en la vida pública o de la fama. Mas quienes hemos sido señalados injustamente a través de una secuencia de mentiras a medias o falsedades totales, conocemos cómo se sufre y la familia se resiente cuando somos señalados de haber cometido hechos presentados ante la opinión pública como una verdad incuestionable y el largo camino que allí comienza, para limpiar el honor y recuperar la honra.

El daño a la reputación esconde un factor del que pocos hablan: la permanente sombra del señalamiento público. Esta sombra no se disipa ni con la aclaración del hecho ni con las más elucubradas justificaciones ni con la abundancia de pruebas en contrario, incluso, no desaparece con el desmentido mediático.

En esta era digital, esa sombra es aún más pesada; quien intente sacudirse la mentira que sembraron sobre sí le parecerá un propósito imposible, pues los algoritmos de los buscadores como Google privilegian los resultados de las búsquedas más vistas, o sea, las noticias más leídas y así establecen un orden de relevancia y de aparición de cada noticia publicada en la que se le mencione a uno por nombre. Este punto es muy importante para lo que deseo explicar.

Doy mi propio ejemplo: entre los años 2021 y 2022, fui objeto de señalamientos infundados por parte de unos pocos miembros del sindicato que buscaban tomarse la dirección de SITIESPA.

Todos y cada uno de sus señalamientos fueron desmentidos, desestimados por el Ministerio Público, archivados por improcedentes, carentes de legitimidad y otras causas. Pero cuando uno busca en Google mi nombre o el de la organización que representé, SITIESPA, son precisamente aquellas malas noticias las que aparecen primero, por más que fueron desmentidas, archivadas y sus denunciantes, desenmascarados. Las noticias en las cuales aparece mi versión o en las que el Ministerio Público archivó esas causas por carecer de legitimidad, aparecen siempre de último.

¿Derecho al olvido?

No se trata del concepto Derecho al olvido sobre el que se ha legislado en países europeos en los últimos años. Para quienes no conozcan el tema, hablo del derecho que tiene toda persona a que su pasado no sea mencionado en noticias o archivos noticiosos cuando estos hayan ocurrido una década atrás.

Según este derecho, nadie debiera estar obligado a pagar por faltas cometidas lustros atrás y, por tanto, debería tener la oportunidad al olvido de aquellas faltas y acciones cometidas, más si pagó condena por ellas o las mismas no fueron esclarecidas por las autoridades.

No. Aquí el concepto es distinto. Yo no cometí ninguna falta ni delito y así lo estableció el Ministerio Público en una vista fiscal.  Mis actuaciones fueron respaldadas, incluso, por el Tribunal de Honor y Disciplina del Colegio Nacional de Abogados, que envió a la Corte Suprema de Justicia el expediente del abogado Luis Chifundo, hermano de quien me acusaba, por faltas a la ética y al ejercicio de su profesión de abogado. Entonces, en coherencia, aquellas noticias en las que se me señaló y que resultaron ser falsas, debieran ser eliminadas de los servidores de los medios de comunicación donde fueron publicadas, pues su contenido, por más que fuese argumentado y respaldado por fuentes que son y serán objeto de acciones legales de calumnia e injuria, resultó ser falso.

Legislación nula

No obstante, aquí viene a colación aquel punto que resalté: estamos ante un enorme vacío legal sobre la materia. No hay ninguna acción jurídica ni ley que me ampare a mí o a persona que, como yo, esté pasando por una situación similar. No se ha legislado sobre la materia y lo único que cabe son los pocos artículos de la ley dedicados a tratar el tema de la calumnia y la injuria y quedar sujetos a la buena voluntad de los dueños del medio de retirar aquellas noticias que resultaron ser falsas. Solo eso tenemos.

Esta situación es un tema que hay que visibilizar. A cualquiera puede ocurrirle que un enemigo o rival invente una falsedad y la multiplique usando a los medios de comunicación en su propósito de manchar nuestra reputación. Todos estamos expuestos.

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Urge una protección

Como sociedad, debemos poder contar con marcos legales que pongan límites a las libertades individuales y protejan los derechos de los ciudadanos. Esto, aunque parezca una obviedad, es necesario recalcarlo en el marco del tema en cuestión. La legislación sobre calumnia e injuria está llena de vacíos, mismos que podrían repararse actualizando nuestra legislación.

Podríamos discutir si los políticos que son elegidos por cargo de elección popular o los altos funcionarios designados por periodos específicos pueden ampararse en una legislación que proteja su honra y reputación en caso de acusaciones que resulten falsas o que no lleguen a dilucidarse en los tribunales. Políticos y funcionarios son pocos en comparación al resto de la población vulnerable.

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Lo que no podemos es quedarnos con ese vacío legal. En el caso de la legislación del derecho al olvido, aprobaba en algunos países de Europa, el buscador de Google quedó obligado a retirar de sus búsquedas informaciones de más de diez años que afecten la reputación de personas.

Personalmente, considero que 10 años es demasiado. En caso de que la acusación en nuestra contra resulte falsa, deberíamos poder acercarnos al medio y solicitar el retiro de aquellas informaciones y éste debe estar obligado a hacerlo de forma inmediata. Créanme, que así creceremos mucho como sociedad.

*El autor es líder sindical del sector eléctrico

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